1821- República= no sabíamos que hacer con un país como república.
1827- Ley tierra y Ley vagancia= Capitalismo, presidente, municipalidades, cobrar impuestos, café privatización de tierras, votos en municipalidades, desarrollo agro-industrial, Ley tierra indígena. No más tierras indígenas.
1560- Reparación Encomienda = Cuando empezó a darse la encomienda.
1821- Encomienda y tributos a la corona = Poblaron desde Cartago hasta Heredia.
Viejo Santo Domingo -- San Juaquin.
Encomienda en Barva-- luego se metieron en Cobujuqui.
1820- Se explota café por primera vez = No había mercado por ende tuvieron que desarrollarlo y el 1838 hubo un mercado sostenible de café.
Derechos humanos de primera, segunda,
tercera y cuarta generación
PRIMERA
GENERACIÓN--1900:
Los derechos de primera generación o derechos civiles y políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales.
Estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII (18) en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.
Los derechos civiles y políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano publico.
Se caracteriza porque imponen al estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano
El estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los derechos civiles y políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones en solo algunas garantías.
Derechos civiles y políticos
Los derechos de primera generación o derechos civiles y políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales.
Estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII (18) en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.
Los derechos civiles y políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano publico.
Se caracteriza porque imponen al estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano
El estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los derechos civiles y políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones en solo algunas garantías.
Derechos civiles y políticos
- Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica.
- Todo individuo tiene derecho a la vida, libertad y a la seguridad jurídica.
- Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
- Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia ni sufrir ataques a su honra o reputación.
- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
SEGUNDA
GENERACION--1950:
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
La razón de ser de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno
respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la
democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y
culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.
La vigencia de estos
derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de
allí que la capacidad para lograr la realización de los mismos varía de país a
país.
Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.
Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.
En este aspecto, deben
verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la
distribución que hace el Poder Público de sus ingresos en razón de la justicia
social.
Derechos
de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
- Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
- Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
- Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
- Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
- Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.
- La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
TERCERA
GENERACION--2000:
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
El contenido de estos
derechos no está totalmente determinado. Los Derechos de los Pueblos se
encuentran en proceso de definición y están consagrados en diversas
disposiciones de algunas convenciones internacionales.
Derechos de Tercera
generación o Derechos de Los Pueblos
- Derecho a la autodeterminación.
- Derecho a la independencia económica y política.
- Derecho a la identidad nacional y cultural.
- Derecho a la paz.
- Derecho a la coexistencia pacífica.
- Derecho al entendimiento y confianza.
- La cooperación internacional y regional.
- La justicia internacional.
- El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
- La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
- El medio ambiente.
- El patrimonio común de la humanidad.
- El desarrollo que permita una vida digna.
CUARTA GENERACIÓN-- LA ACTUALIDAD:
Es el siglo que comienza varios
retos se alzan sobre nuestra conciencia. Las demandas de justicia y libertad
pueblan por todos los rincones del planeta. La universalización de las diferentes
conquistas sociales ya no siquiera son un signo de revolución. Vivimos un
momento histórico; somos la primera generación que puede erradicar el hambre
del mundo. ¿Qué son los Derechos Humanos de Cuarta Generación? Son la aplicación de las diferentes conquistas en
Derechos Humanos en el nuevo contexto digital. El ciberespacio, la
cibercomunidad se ha convertido en el mejor escenario, precisamente, en su
virtualidad, para aplicar ambiciones de justicia y libertad largamente
anheladas especialmente en lugares del mundo privados de derechos fundamentales
durante siglos.
Referencia
Huerta,
M. (2012). Derechos humanos de primera, segunda, tercera y cuarta generación. Recuperado de http://bioeticos007.blogspot.com/2012/09/derechos-humanos-de-primera-segunda.html
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